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REGLAMENTO CULTURA PET

LAS PUERTAS DEL PARAÍSO ESTÁN ABIERTAS PARA TODOS, ES POR ESTO POR LO QUE EN EL EDÉN TU MASCOTA ES BIENVENIDA.

Para la comodidad y armonía en los espacios dispuestos para nuestros invitados y sus mascotas, se deben cumplir con el siguiente reglamento para una sana convivencia y el libre ejercicio de los derechos individuales sin que se afecten o vulneren los derechos ajenos.

Reglas generales:

  • Se permite únicamente el ingreso de animales domésticos (subespecies perros y gatos).
  • Para comodidad y seguridad de nuestros visitantes, toda mascota debe ser movilizada en un coche, los cuales estarán a su disponibles para el alquiler en la puerta de ingreso peatonal de la Carrera 71 F y entrada Avenida Boyacá. En el momento que no pueda acceder a dicho alquiler, el propietario o tenedor de la mascota deberá llevarla cargada en brazos o en un bolso diseñado para este fin.
  • Los propietarios o tenedores deben tener el kit de limpieza de su mascota y cada uno se hará cargo de su rutina. Este kit como mínimo debe estar compuesto por una bolsa de basura y toallas de limpieza.
  • Por seguridad e higiene, no está permitido que caminen libremente por el centro comercial.
  • Para los desplazamientos entre los diferentes niveles del Centro Comercial se podrán realizar únicamente por los ascensores que se encuentran ubicados en Jazmín y Dalia acatando las recomendaciones de seguridad correspondientes con el fin de evitar incidentes, por lo tanto, no se podrá hacer uso de las escaleras eléctricas.
  • El coche donde se transporta las mascotas al interior del Centro Comercial debe ser siempre conducido por un adulto responsable.
  • Toda mascota que ingresa en vehículo automotor por el parqueadero deberá descender del vehículo con traílla y el desplazamiento debe ser controlado por un adulto responsable hasta el lugar de alquiler de coches (Plaza Dalia primer piso frente a entrada peatonal de la carrera 71F o entrada Avenida Boyacá) o en su defecto deberá alzarlo en brazos.
  • Está prohibido dejar mascotas o animales en el interior del vehículo.
  • No está permitido amarrar mascotas en la parte externa o área perimetral del centro comercial.
  • Los perros potencialmente peligrosos contemplados en la (Ley 746 del 2002 en su artículo 108 F y en los numerales 117, 118, 126 y subsiguientes del Código Nacional de Policía), están obligados a portar Bozal, Traílla además de andar en coche y cumplir con las normas de salubridad, higiene y seguridad.
  • No se permite el ingreso de mascotas al tercer piso, zonas de comidas o baños.
  • Es responsabilidad de los dueños tomar las acciones que correspondan a la indemnización y/o resarcimiento a las que haya lugar derivado del actuar violento en donde estén involucradas una o más mascotas.
  • A fin de garantizar la seguridad e integridad de sus visitantes, proteger la salubridad pública y evitar situaciones de peligro o incomodidad para las personas o para los animales, El Centro Comercial El Edén se reserva el derecho de admisión en el evento que lo considere conveniente.
  • Cada establecimiento comercial es libre de definir si permite o no el ingreso de mascotas a su locación.
  • Está permitido el ingreso de los perros guía o de compañía, lo cuales deben portar su respectiva identificación que lo acredite como Lazarillo.
  • Toda mascota debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. El tenedor o propietario debe portar siempre el carné de vacunación de su mascota. Este documento podrá ser requerido en cualquier momento por personal del centro comercial.
  • Los propietarios o tenedores, al ingresar al centro comercial, exoneran de responsabilidad al centro comercial por cualquier accidente o eventualidad que pueda generar perjuiciosos económicos o patrimoniales, tanto ellos, los usuarios o visitantes del centro comercial, ocasionados por sus mascotas.
Al ingresar con el ejemplar de compañía al centro comercial se entiende aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.

NOTA: Se procederá a solicitar el retiro de los tenedores y de sus animales en situaciones que afecten lo normal y tranquila estadía en el centro comercial o cuando no se cumpla con los requisitos mencionados en este documento.